Por Luisa Salomón
El 6 de diciembre de 2015 Venezuela eligió por primera vez desde 1999 una Asamblea Nacional con mayoría opositora. Prodavinci identificó 106 sentencias del Tribunal Supremo de Justicia que afectan y limitan las funciones de la Asamblea Nacional. La inmunidad parlamentaria de veintiún diputados ha sido comprometida por el TSJ. Este trabajo recopila las acciones del Poder Ejecutivo, Electoral, Judicial y Ciudadano que han afectado al Poder Legislativo.
La Asamblea Nacional es el órgano que ejerce el Poder Legislativo desde 1999, cuando se disolvió el Congreso Nacional. Es un organismo unicameral conformado por 167 diputados electos, que representan a todos los estados del país.
El día que la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) ganó la mayoría de la Asamblea Nacional, el domingo 6 de diciembre de 2015, fue la primera vez en 16 años que la oposición lograba dominar el Parlamento. Votaron casi 14 millones de venezolanos. La oposición ganó 112 escaños, equivalente a las dos terceras partes: la mayoría calificada. Con ese resultado, los diputados opositores al gobierno nacional podían ejercer las competencias parlamentarias sin necesidad de acordar con el chavismo.
Entonces, desde varias instituciones del Estado se inició un proceso sistemático para erosionar las capacidades de la Asamblea Nacional. Fue “suspendida” la proclamación de tres de sus diputados, con lo que quedó anulada la mayoría calificada. Se declaró a toda la Asamblea Nacional en desacato. La despojaron de sus competencias. Le suprimieron presupuesto, salarios, control sobre su sede y sus recursos. Los diputados fueron amenazados, hostigados y algunos encarcelados.
Prodavinci organizó los principales hechos y medidas que han afectado a la Asamblea Nacional. Si posa el cursor sobre los puntos, verá el detalle de cada acción contra el Parlamento aprobada ese día.
El informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los derechos humanos sobre la situación de Venezuela determinó: “Durante al menos una década, el Gobierno, así como las instituciones controladas por el Gobierno han aplicado leyes y políticas que han acelerado la erosión del Estado de derecho y el desmantelamiento de las instituciones democráticas (…). Esta tendencia se ha aumentado desde 2016, después de que la oposición ganara la mayoría de los escaños de la Asamblea Nacional”.
El asunto del desacato
El 30 de diciembre de 2015, cuando faltaba menos de una semana para la instalación de la nueva Asamblea Nacional, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia ordenó “de forma provisional e inmediata” la suspensión de la proclamación de los tres diputados electos en Amazonas, un estado en el sur del país donde más del 50% de la población es de origen indígena, y el representante parlamentario indígena de la Región Sur, que se elige por los estados Amazonas y Apure. Tres de esos diputados eran opositores. Sin ellos, la oposición perdía la mayoría calificada. Tendría que negociar con el oficialismo para aprobar las leyes orgánicas, entre otras competencias constitucionales.
Los nuevos diputados asumieron sus curules el 5 de enero de 2016 y se juramentaron sin la presencia de los representantes de Amazonas, a quienes incorporaron y juramentaron al día siguiente. Habían sesionado sólo tres días cuando el TSJ declaró en desacato a la directiva de la Asamblea Nacional por ignorar la suspensión de la proclamación de los parlamentarios y declaró nulos todos los actos que dictara la Asamblea Nacional mientras los diputados de Amazonas y el representante indígena estuviesen incorporados. Desde entonces, el Tribunal ha ratificado tres veces el desacato, que ha usado como justificación para suspender los actos del Poder Legislativo, y anular y asumir como propias las competencias de la Asamblea Nacional.
El Poder Judicial sigue sin reconocer a los 3 diputados opositores. El cuarto diputado, Miguel Tadeo Rodríguez, fue electo por el Partido Socialista Unido de Venezuela. Abandonó el Parlamento y es el actual gobernador de Amazonas. Cuatro años después de su suspensión, ni el TSJ ni el CNE han convocado elecciones para sustituirlos.
Despojo de las funciones
La Constitución establece que la Asamblea Nacional tiene 24 competencias, que pueden organizarse en tres funciones principales: legislativa, contralora y política.
La función legislativa se refiere a su capacidad de dictar, modificar y derogar leyes.
La función contralora se refiere a la facultad parlamentaria de investigar, interpelar y dictar sanciones de responsabilidad política y votos de censura contra altos funcionarios. También puede ejercer mecanismos de control sobre los demás Poderes Públicos, aprobar el presupuesto de la nación, la celebración de contratos de interés público y la firma de tratados.
La función política se refiere a las atribuciones que ejecuta en cumplimiento de la Constitución. Por ejemplo: las decisiones para su funcionamiento interno, aprobación de referendos, declaratoria de abandono de cargo de la Presidencia de la República, designación de titulares de otros Poderes Públicos, aprobar o negar los Estados de excepción, decretar amnistías, entre otros.
El primer atentado contra sus competencias ocurrió antes de la instalación de la Asamblea Nacional. El 23 de diciembre de 2015, cuando faltaban 15 días para entregar el Parlamento y en plenas vacaciones legislativas, la Asamblea Nacional saliente, que presidía Diosdado Cabello, designó a 13 magistrados titulares y 21 suplentes del TSJ.
La selección de esos magistrados violó los plazos y normativas del proceso de designación establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. El procedimiento debía durar por lo menos 50 días, pero transcurrieron 15 desde el anuncio de los postulados hasta su selección.
(Leer más: ¿Cuáles fueron las fallas en la designación de los magistrados en 2015?)
Entre 2015 y 2019 el TSJ ha aprobado 106 sentencias que eliminan facultades al Poder Legislativo y que han sido ejecutadas por los demás Poderes Públicos: suprimió su potestad de investigar, abrió procedimientos judiciales a diputados, impidió al Parlamento designar funcionarios y ejercer contraloría sobre los demás poderes e instituciones. También le retiró la potestad de pagar salarios a sus trabajadores. Desde agosto de 2016, los diputados no cobran sus sueldos.
Clasificamos las sentencias del TSJ de acuerdo a cómo afectan la actividad de la Asamblea Nacional: si afectan a los diputados, anulan los actos parlamentarios o si restringen su función política, legislativa o contralora. Cada círculo representa una sentencia. Si posa el cursor sobre ellos, tendrá un detalle del contenido de cada una. Del lado derecho puede seleccionar diferentes categorías para clasificarlas: por año, por sala del TSJ que publicó la sentencia o por la función de la Asamblea Nacional que resulta afectada.
La Asamblea Nacional también ha perdido el control sobre su sede física y recursos. Aunque el Palacio Federal Legislativo y el edificio José María Vargas, la sede administrativa ubicada en la esquina de Pajaritos, tienen como autoridad al Poder Legislativo, la Guardia Nacional Bolivariana ha restringido en muchas ocasiones el paso a diputados, trabajadores y a la prensa.
En diciembre de 2015, a la par de la designación de los magistrados, la legislatura anterior presidida por Diosdado Cabello traspasó las concesiones de ANTV y AN Radio, los medios de la Asamblea Nacional, a los trabajadores. El nuevo Parlamento creó un canal de televisión por Internet, Capitolio TV, para poder transmitir sus sesiones.
La creación de la ANC
Durante las protestas antigubernamentales de 2017, el presidente Nicolás Maduro propuso la creación de una Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Sin hacer un referéndum para que la población decidiera sobre la convocatoria, el CNE organizó la elección de sus integrantes el 30 de julio de 2017. La oposición no participó en la elección. Aunque la empresa que gestionaba el sistema electoral, Smartmatic, denunció manipulación en los datos del proceso, el CNE proclamó a 545 ganadores. Todos afines al oficialismo. Los resultados definitivos del proceso no fueron publicados. 42 países rechazaron su creación.
La ANC sesiona en el hemiciclo protocolar del Palacio Federal Legislativo, a un pasillo de distancia de las sesiones de la Asamblea Nacional. Desde que inició funciones, se consideró un órgano “supraconstitucional”, exigió que todas las autoridades la reconocieran y advirtió que despojaría de su cargo a quien no lo hiciera. Ese mismo año, el diputado Juan Pablo Guanipa fue electo gobernador del Zulia y se negó a juramentarse ante la ANC. El Consejo Legislativo del Zulia no reconoció su su proclamación y declaró “falta absoluta del cargo”. La ANC convocó nuevas elecciones en el estado.
Eventualmente la ANC asumió las funciones del Parlamento y ha aprobado casi 150 actos entre leyes, decretos y acuerdos. En su mayoría para realizar nombramientos en otros Poderes Públicos, allanamientos de inmunidad parlamentaria de los diputados de la Asamblea Nacional y leyes en materia económica y tributaria.
“Es preciso recordar una y otra vez que si bien la ANC fue convocada y electa al margen de la Constitución, aún si hubiera sido convocada conforme a la Constitución de 1999, su única misión podría ser la de redactar una nueva Constitución. Por ello, toda ‘decisión’ que dicte la ANC debe ser considerada como actos dictados por un órgano que ha sido convocado y electo en contra de lo dispuesto en la Constitución venezolana vigente, que sigue siendo la de 1999. Toda decisión que dicte la ANC tendrá un problema de legitimidad fundamental: la ANC fue convocada y elegida de forma contraria a la Constitución de 1999”, explica Carlos García Soto, abogado y profesor de la UCV y el IESA, en un artículo publicado en Prodavinci.
La función prevista en la Constitución de 1999 para una Asamblea Nacional Constituyente es redactar una nueva Constitución. En este caso, han transcurrido dos años y la ANC no ha presentado un proyecto de Constitución al país. El constituyente Lohengri Matheus dijo en mayo de 2019 que llevan 40% de avance en la nueva Constitución. Los constituyentes extendieron su mandato hasta el 31 de diciembre de 2020.
En dos años de funcionamiento, la mayoría de las acciones de la ANC se han enfocado en economía.
Acciones contra los diputados
En tres años y medio de trabajo en la Asamblea Nacional, 119 diputados —77 principales y 49 suplentes— han sido atacados de alguna manera en el ejercicio de sus funciones: han recibido amenazas, acoso, agresiones, detenciones arbitrarias o apertura de casos judiciales, según un informe presentado por la Comisión de Justicia y Paz de la Asamblea Nacional. Estas acciones han sido ejecutadas por diferentes grupos, desde civiles y grupos armados hasta instituciones del Estado.
La inmunidad parlamentaria existe en Venezuela desde la Constitución de 1811 y es una figura jurídica que protege a los parlamentarios de enjuiciamientos con motivaciones políticas. A pesar de esa garantía constitucional, el TSJ ha emitido sentencias contra 24 diputados principales y 4 suplentes. Aunque la Constitución no le otorga esta competencia, la ANC ha ejecutado dichas sentencias con la finalidad de allanar la inmunidad parlamentaria que protege a los diputados, según el artículo 200 de la Constitución.
El acoso y agresiones contra los diputados han ocurrido en el ejercicio de sus funciones, con amenazas en sus viviendas y ataques en las sedes de la Asamblea Nacional. Además, servicios básicos como agua y electricidad han sido interrumpidos en varias ocasiones en el Palacio Federal Legislativo.
En tres ocasiones grupos de personas han irrumpido de forma violenta en el Palacio Federal Legislativo. Han interrumpido sesiones y agredido físicamente a los parlamentarios.
El poder que reclama legitimidad
La Asamblea Nacional no reconoció las elecciones presidenciales del 20 de mayo de 2018, en las que el CNE proclamó reelecto a Nicolás Maduro. Esas elecciones se hicieron en condiciones desiguales: con la mayoría de los partidos políticos ilegalizados, con dirigentes opositores encarcelados e inhabilitados y sin observación internacional independiente. Por eso, aunque la Constitución dicta que el presidente electo debe juramentarse ante la Asamblea Nacional, Maduro tomó juramento para su nuevo período ante el TSJ.
El mismo día de la juramentación de Maduro, el 10 de enero de 2019, la Asamblea Nacional se declaró “en emergencia” por la usurpación de la presidencia. El presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó, afirmó que el Poder Legislativo es el “el único poder real y legítimo del país”.
El abogado Carlos García Soto explica que sobre los demás Poderes Públicos pesan dudas sobre su legitimidad de origen debido a los problemas en su conformación y designaciones, impulsadas de “forma contraria a la Constitución y la ley”.
En el caso del Poder Judicial, 12 de los 32 magistrados titulares y 21 de 32 suplentes fueron elegidos por la Asamblea Nacional, como establece el artículo 264 de la Constitución. Sin embargo, su designación se realizó por los diputados salientes en 2015, en un proceso que no cumplió con los plazos establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Sobre el Poder Electoral, el artículo 296 de la Constitución establece que los rectores del CNE deben ser designados por la Asamblea Nacional, pero, alegando el desacato, el TSJ se atribuyó esa competencia y designó directamente a 2 de los 5 rectores y sus cuatro suplentes.
El Consejo Moral Republicano representa el Poder Ciudadano y está conformado por el Ministerio Público, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo. Los titulares de estas tres instituciones deben ser elegidos por la Asamblea Nacional, como establece el artículo 279 de la Constitución. La ANC asumió esa competencia y, sin tener mandato constitucional para ello, removió a Luisa Ortega Díaz como titular del Ministerio Público y en su lugar designó a Tarek William Saab. La ANC también designó a Alfredo Ruiz como defensor del pueblo y aceptó la jubilación del contralor Manuel Galindo y designó en ese cargo a Elvis Amoroso, quien fue primer vicepresidente de la ANC y también el presidente del Comité de Postulaciones Judiciales de la Asamblea Nacional previa que designó a los magistrados del TSJ sin cumplir los plazos legales.
“Cada elección de estos Poderes Públicos fue denunciada por profesores y organizaciones de la sociedad civil como inconstitucionales y fraudulentas. Es a partir de esa base que desde la Asamblea Nacional se insiste en que, al día de hoy, el único Poder Público nacional que ha sido legítimamente electo es, precisamente, la Asamblea Nacional”, explica García Soto.
Cuando hay falta absoluta en la Presidencia de la República, la Constitución establece que el cargo debe asumirlo el presidente del Parlamento. El 23 de enero de 2019, en un acto público, Guaidó tomó juramento como encargado de la presidencia. Fue reconocido por 52 países, pero no por los demás Poderes Públicos. El Ministerio Público solicitó investigarlo y el TSJ le prohibió salir del país y congeló sus bienes. Cuando Guaidó ignoró la prohibición, al llegar a Venezuela después de una gira por varios países latinoamericanos, el TSJ lo declaró en desacato. La ANC aprobó el allanamiento de su inmunidad parlamentaria. La Contraloría General de la República lo inhabilitó políticamente por 15 años.
El Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) detuvo al jefe de despacho de Guaidó y exsecretario de la Asamblea Nacional, Roberto Marrero. Permanece encarcelado en la sede de inteligencia. Édgar Zambrano, primer vicepresidente del Parlamento, también fue detenido por el Sebin y está encarcelado en una prisión dentro de la instalación militar Fuerte Tiuna. El segundo vicepresidente, Stalin González, ha sido advertido por voceros de la ANC que podría tener el mismo destino de Zambrano.
Guaidó no ha sido detenido. Los diputados de la Asamblea Nacional siguen ejerciendo sus funciones, con limitaciones y algunas ausencias. Para su último año de ejercicio legislativo, la Comisión de Política Interior ha propuesto modificar el Reglamento de Interior y Debates para permitir que los diputados exiliados participen de forma virtual en las sesiones de la Asamblea Nacional.
Desde su creación, el Parlamento ha sido la institución que representa el pluralismo en el sistema político venezolano. El primer Congreso General se instaló el 2 de marzo de 1811 y fue el Parlamento que declaró la Independencia de Venezuela el 5 de julio de ese año: “La Independencia, antes que una gesta militar, primero fue una decisión civil”, recuerda el abogado García Soto en este artículo de Prodavinci.
La Asamblea Nacional actual termina su período en diciembre de 2020.
Créditos
Dirección general: Ángel Alayón y Oscar Marcano
Jefatura de investigación: Valentina Oropeza
Jefatura de diseño: John Fuentes
Jefatura de innovación: Helena Carpio
Investigación: Luisa Salomón y Ricardo Barbar
Texto: Luisa Salomón
Edición: Ángel Alayón y Valentina Oropeza
Bases de datos: Luisa Salomón y Helena Carpio
Concepto gráfico / Portada / Infografías: John Fuentes
Visualizaciones de datos (Flourish): Helena Carpio
Montaje: Helena Carpio
Fotografías: Luis Robayo, Federico Parra, Juan Barreto, Francisco Bruzco y Yuri Cortez | AFP
Redes sociales: Salvador Benasayag
Caracas, martes 30 de julio de 2019